Para ser candidatos, los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:
ARTÍCULO 10º: Para ser director del sindicato, el socio o la socia, además de cumplir con lo prescrito en el artículo de este estatuto, deberá reunir los siguientes requisitos:
1.Saber leer y escribir;
2.Ser mayor de 18 años
3.No haber sido condenado ni hallarse procesado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. Esta inhabilidad sólo durará el tiempo requerido para prescribir la pena, señalado en el artículo 105 del Código Penal. El plazo de prescripción empezará a correr desde la fecha de la comisión del delito,
4.Estar al día en las cuotas sociales,
5.Poseer una antigüedad igual o superior a UN AÑO como socio en la organización, salvo que la misma tuviere una existencia menor, y No haber tenido participación directa en los hechos que hubieren dado lugar a la censura del directorio del cual haya formado parte, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38º, inciso tercero del presente estatuto.